La resolución que regula los coeficientes multiplicadores para bombas de calor en el sistema de Certificados de Ahorro Energético entra en vigor este domingo 8 de noviembre, tras publicarse el sábado en el BOE. La norma permite reconocer más ahorro certificado en determinadas sustituciones de calderas de combustibles fósiles. Los expedientes con ese coeficiente podrán solicitarse a partir del 15 de enero de 2027.
El programa se dirige a actuaciones residenciales con bombas de calor hidrónicas, cuyo circuito secundario utiliza agua o un fluido basado en agua. La resolución incluye tanto la sustitución de calderas como ciertos supuestos de hibridación, sujetos a las fichas y condiciones técnicas correspondientes. No convierte cualquier equipo de climatización en una actuación elegible.
Coeficientes según la instalación
El factor es dos para edificios unifamiliares, 2,5 para pisos o edificios con sistema individual, tres para sistemas centralizados y cuatro cuando se pasa de una instalación individual a otra centralizada. En viviendas habitadas por consumidores vulnerables que cumplan la definición de la resolución, esos coeficientes se multiplican adicionalmente por 1,5.
La aplicación depende de las condiciones de cada ficha: tipología del edificio, uso como vivienda habitual cuando corresponda y requisitos de eficiencia, instalación, mantenimiento e información. El coeficiente únicamente puede pedirse una vez por actuación. Los expedientes CAE que ya hayan sido resueltos favorablemente no pueden volver a presentarse para añadirlo.
Fechas de las obras y de las solicitudes
La norma abarca actuaciones iniciadas desde el 22 de marzo de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2027. Para comunidades de propietarios, el periodo de actuaciones se amplía hasta el 31 de diciembre de 2027. Las solicitudes podrán presentarse hasta ese último día, salvo las correspondientes a comunidades, cuyo plazo alcanza el 28 de febrero de 2028.
Multiplicar el ahorro reconocido en un certificado no significa que el consumo físico de la vivienda se reduzca en esa misma proporción ni fija un pago automático en euros. La entrada en vigor de hoy tampoco abre todavía el plazo de solicitud: la resolución lo sitúa en el 15 de enero de 2027.





