El Boletín Oficial del Estado publica este 7 de noviembre la Orden TED/1180/2026, que establece servicios mínimos en las empresas eléctricas durante la huelga general del día 11. La disposición incluye criterios para mantener disponibles centrales y redes, asegurar los centros de control y disponer de personal que atienda averías. Su ámbito abarca la producción, el transporte y la distribución de electricidad.
La orden, fechada el 5 de noviembre, vincula esos servicios al suministro esencial y a la seguridad de personas e instalaciones. Las plantillas necesarias figuran en un anexo. El texto también contempla a empresas incluidas en su ámbito que no aparezcan en esa relación: deberán poner en operación los equipos y el personal estrictamente necesarios conforme a los criterios de la disposición.
Disponibilidad no significa producir siempre a plena carga
Entre las instalaciones citadas están las centrales nucleares disponibles, los grupos hidráulicos convencionales y de bombeo y las centrales térmicas de carbón y gas. Se exceptúan las unidades cuya indisponibilidad estaba prevista y era conocida el 21 de octubre. Para los territorios no peninsulares, la referencia es la disponibilidad del equipo generador, con la excepción de las paradas previstas que ya se conocían al emitirse el informe correspondiente.
El texto distingue esa disponibilidad de la energía producida en cada momento. Los grupos mantendrán, en principio, las cargas resultantes de los mercados diario e intradiarios del día de huelga. Red Eléctrica podrá modificarlas por restricciones técnicas o en tiempo real para la operación segura del sistema. Por tanto, la orden no exige que todas las centrales generen simultáneamente a su potencia máxima.
Centros de control y atención de averías
También se exige mantener operativos los sistemas de comunicaciones y el intercambio de señales entre instalaciones y centros de control. Las instalaciones de transporte que estén fuera de servicio por trabajos y admitan reposición deberán reponerse. El funcionamiento de los centros de generación y distribución debe permitir su coordinación con Red Eléctrica.
La disposición prevé retenes y brigadas para el mando local, la corrección de defectos y la reparación de averías, además del personal necesario para operar las instalaciones. Estos son los medios que establece la orden para el día 11; su publicación no demuestra por sí sola cómo transcurrirá la jornada ni permite garantizar que no habrá incidencias.





