La Junta Electoral Central ha levantado la suspensión de MiDNI como medio de identificación de los electores para las elecciones del 29 de noviembre. La decisión, adoptada el 5 de noviembre, mantiene suspendida la utilización de MiDGT. Las dos aplicaciones reciben, por tanto, un tratamiento diferente en el acuerdo publicado por el organismo electoral.
La JEC vincula su decisión a la confirmación del Ministerio del Interior de que las mesas dispondrán de un dispositivo con cámara y navegador. Ese equipo incorpora el verificador QR de la web oficial de MiDNI para comprobar el código temporal generado por la aplicación.
La aplicación debe abrirse delante de la mesa
El acuerdo precisa que la aplicación deberá abrirse ante la mesa electoral. La comprobación prevista se refiere al QR temporal generado en ese momento, mediante el verificador oficial. No describe una identificación basada únicamente en enseñar una captura del documento en el teléfono.
La decisión afecta a la suspensión acordada el 26 de marzo de 2026, mediante el acuerdo 113/2026. Esta había dejado en suspenso la eficacia de los acuerdos 56/2025, de 18 de septiembre, y 80/2026, de 5 de marzo. Ahora se levanta para MiDNI, conservando expresamente la suspensión de MiDGT.
La resolución dispone comunicar el acuerdo a las juntas electorales provinciales para que lo conozcan y lo trasladen a las juntas electorales de zona. El texto figura en la respuesta 342/2026, expediente 330/359, sobre una solicitud relativa a los medios de identificación y al protocolo técnico previsto para el 29N.
Iustitia Europa anuncia un recurso
Iustitia Europa ha anunciado este viernes que ha recurrido la autorización ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo y solicitado su suspensión cautelarísima. La formación cuestiona que la disponibilidad de lectores acredite por sí sola un protocolo suficiente ante posibles incidencias técnicas.
Ese anuncio recoge la petición de una parte. No acredita que el Supremo la haya admitido o concedido: un recurso y una solicitud de suspensión deben distinguirse de una resolución judicial que acuerde esa medida.





