La Asamblea de Madrid ha aprobado una nueva Ley de la Abogacía General, según ha comunicado este jueves el Gobierno autonómico. La reforma sustituye la regulación de 1999 y reorganiza los servicios jurídicos que asesoran a la Administración regional y defienden sus intereses ante los tribunales.
La dirección del órgano deberá recaer en un integrante de un cuerpo de letrados de las Administraciones públicas, preferentemente del madrileño, con al menos diez años de experiencia. La información oficial no limita ese requisito a pertenecer necesariamente al cuerpo de la Comunidad de Madrid.
Dos direcciones y apoyo técnico
La organización contará con una Dirección de Asesoramiento Jurídico y otra de Litigios. También se prevé una Secretaría Técnica para coordinar estudios, formación y digitalización. La norma distingue los informes jurídicos de las consultas que pueden formular los órganos administrativos.
El Ejecutivo presenta la reforma como una mejora de la independencia y del carácter técnico del servicio. Ese es el objetivo declarado por el Gobierno regional, no una evaluación independiente de los resultados de una norma recién aprobada.
El recorrido parlamentario
El orden del día del pleno del 5 de noviembre identifica la iniciativa como Proyecto de Ley 8/26 e incluye el dictamen de la Comisión de Presidencia, Justicia y Administración Local. Su examen figuraba en el punto diecinueve de la sesión, tras el control al Gobierno. La ficha permite distinguir ese dictamen del proyecto inicial y de los escritos de enmiendas que lo acompañan en el expediente.
La documentación parlamentaria recoge reservas de enmiendas de Vox, PSOE y Más Madrid, además de solicitudes de votación separada del PP y de otros grupos. Esos trámites acreditan que el texto llegó al pleno con enmiendas pendientes de defensa; no permiten atribuir a todos los grupos un mismo respaldo.
La aprobación comunicada y la ficha del pleno no permiten fijar aquí una fecha de entrada en vigor ni un recuento de votos.





