Estados Unidos ha puesto en vigor un nuevo requisito para los vuelos internacionales que llegan al país o hacen escala allí. Antes de embarcar, los viajeros deben declarar que no han estado en la República Democrática del Congo en los 21 días anteriores. La medida de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades, los CDC, busca reducir el riesgo de que lleguen casos de ébola al país.
La orden se aplica a los vuelos que salen del extranjero a partir de las 23:59 del 3 de noviembre en la costa este de Estados Unidos. En Canarias, esa hora corresponde a las 04:59 del miércoles 4. La norma cubre a los pasajeros de vuelos con destino final estadounidense y a los que siguen viaje hacia otro país desde un aeropuerto de Estados Unidos.
Qué cuenta como una estancia
Los CDC incluyen a quien haya pasado por un aeropuerto de la República Democrática del Congo durante una conexión, incluso si se quedó a bordo. Su guía señala que quienes hayan estado allí durante los 21 días previos quedan sujetos a la restricción de embarque, incluidos los ciudadanos estadounidenses. La declaración se entrega en el proceso que establezca la compañía. La autoridad publica modelos en inglés y español para las aerolíneas.
Otras reglas para Uganda y Sudán del Sur
Los CDC recogen restricciones específicas para los viajeros que hayan pasado por Uganda o Sudán del Sur. Los ciudadanos y nacionales estadounidenses que hayan estado en alguno de esos países y no hayan pasado por la República Democrática del Congo deben entrar por aeropuertos designados para un control de salud pública.
La declaración previa al embarque y el control a la llegada son procedimientos distintos. Los CDC mantienen por separado sus instrucciones para compañías y la guía pública para viajeros, donde explican el efecto de las escalas y el país de procedencia. La fecha de la orden se refiere a la salida del vuelo desde el extranjero.





