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Miriam González propone quitar los aforamientos y medir el efecto laboral de la IA

La presidenta de Democracia 21 plantea sus prioridades en una entrevista. El cambio del régimen constitucional exige un procedimiento parlamentario, no una decisión inmediata del Gobierno.

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El alcance de su propuesta sobre aforamientos se entiende a partir del texto vigente. El artículo 71 de la Constitución atribuye a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo las causas contra diputados y senadores. El artículo 102 sitúa ante esa misma sala la responsabilidad criminal del presidente y de los demás miembros del Gobierno, cuando corresponda exigirla.

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Fachada del Palacio del Congreso de los Diputados en Madrid
Palacio del Congreso de los Diputados, en Madrid. Fotografía de archivo; no corresponde a la entrevista de Miriam González. AMPERIO / Wikimedia Commons · CC BY-SA 4.0. https://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0

Miriam González ha propuesto eliminar los aforamientos y medir el impacto de la inteligencia artificial sobre el empleo en una entrevista de Europa Press publicada este domingo. La presidenta de Democracia 21 quiere incorporar la IA como herramienta de productividad, especialmente en los sectores donde España tenga una posición destacada, con participación de las empresas y de los poderes públicos.

González también defiende que la tecnología recupere peso en la educación y plantea observar sus efectos en los distintos sectores para diseñar posibles respuestas laborales. Es una propuesta política de la dirigente, no una medición que demuestre ya un aumento de productividad o una determinada pérdida de puestos de trabajo.

Qué regula hoy la Constitución

El alcance de su propuesta sobre aforamientos se entiende a partir del texto vigente. El artículo 71 de la Constitución atribuye a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo las causas contra diputados y senadores. El artículo 102 sitúa ante esa misma sala la responsabilidad criminal del presidente y de los demás miembros del Gobierno, cuando corresponda exigirla.

La propia Constitución fija un procedimiento para su reforma. El artículo 167 exige, como regla de partida, el voto de tres quintos de cada Cámara. Si no existe acuerdo, prevé una comisión de diputados y senadores y una nueva votación. También contempla una vía con mayoría absoluta del Senado y dos tercios del Congreso cuando no prospera el procedimiento anterior.

Una iniciativa y sus pasos posteriores

Ese artículo añade que la reforma aprobada se someterá a referéndum si lo solicita una décima parte de cualquiera de las Cámaras dentro de los quince días siguientes. En la entrevista, González presenta la eliminación de los aforamientos como una reforma rápida, pero no comunica una aprobación parlamentaria ni la modificación de esas competencias judiciales.

La dirigente sitúa la tecnología y los cambios institucionales entre sus propuestas para el 29N. La diferencia para el lector es el estado de cada planteamiento: son objetivos electorales, mientras el régimen constitucional descrito continúa vigente. Calificar una reforma de rápida no sustituye las mayorías ni los trámites que requiere su aprobación.

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