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Empieza el segundo envío de papeletas a los españoles que viven en el extranjero

El calendario del INE abre este miércoles el envío para las candidaturas sin impugnaciones. El depósito del voto en los centros consulares irá del 21 al 26 de noviembre.

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La recepción del sobre tampoco aclara por sí sola los casos en los que la capacidad de votar esté afectada por una resolución judicial. RTVE explica que la Junta Electoral Central acordó enviar la documentación a las personas inscritas en el censo exterior aunque hubiera situaciones pendientes por esa vía.

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Papeletas del Senado para las elecciones generales de 2019 en Madrid
Papeletas del Senado de las elecciones generales de 2019 en Madrid. Fotografía de archivo. LauraHale / Wikimedia Commons · CC BY-SA 3.0. https://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0

La Oficina del Censo Electoral abre este miércoles 4 de noviembre el segundo envío de documentación a los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes para las elecciones generales del 29 de noviembre. En las circunscripciones donde no se hayan impugnado candidaturas, el calendario del INE prevé que el envío de papeletas se realice hasta el domingo 8.

El primer envío se hizo del 24 al 30 de octubre e incluía sobres, certificados de inscripción y las instrucciones de la demarcación consular. Las papeletas llegan en un envío separado. Si se impugna alguna candidatura, el calendario permite que ese segundo envío se demore hasta el 14 de noviembre. La Oficina del Censo Electoral envía la documentación de oficio a los inscritos en el CERA. El primer paquete también identifica el destino al que debe remitirse el voto.

Dos fechas distintas según cómo se deposite el voto

Quien vote por correo a través de su consulado dispone hasta el 24 de noviembre para remitirlo. El depósito presencial en la embajada, el consulado o el centro habilitado se podrá hacer del 21 al 26. La información que acompaña a la documentación identifica los lugares previstos para cada demarcación consular. Esas fechas corresponden al voto de quienes residen habitualmente fuera de España.

Cuándo consultar al consulado

Los españoles que se encuentran temporalmente fuera del país tienen un procedimiento diferente. La guía del INE distingue también a los inscritos en el CERA que estarán temporalmente en España y quieren solicitar el voto por correo desde aquí. Para escoger la vía correcta conviene consultar el apartado que corresponde a la situación censal de cada elector.

La recepción del sobre tampoco aclara por sí sola los casos en los que la capacidad de votar esté afectada por una resolución judicial. RTVE explica que la Junta Electoral Central acordó enviar la documentación a las personas inscritas en el censo exterior aunque hubiera situaciones pendientes por esa vía.

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