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Canarias destina 265.625 euros a sostener los gastos de sus salas de cine

La convocatoria cubre hasta el 80% de los gastos subvencionables y fija un límite general de 35.000 euros por beneficiario.

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El plazo para solicitar la ayuda es de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación. La orden aclara que la tramitación urgente no acorta ese plazo. Los titulares han de presentar el formulario y la documentación por la sede electrónica. La dotación marca el crédito inicial de la convocatoria y la orden permite incrementarlo si existe cobertura presupuestaria. La concesión exige que los gastos financiados correspondan a la actividad de exhibición y se hayan ejecutado dentro del periodo que fijan las bases.

Última comprobación:

Butacas en el interior de una sala de cine
Butacas de una sala de cine en Seattle. Fotografía de archivo que ilustra la actividad de exhibición. Joe Mabel / Wikimedia Commons · CC BY-SA 3.0. http://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/

El Gobierno de Canarias ha convocado ayudas por 265.625 euros para sostener los gastos de explotación de las salas de cine del archipiélago. El Boletín Oficial de Canarias publica este miércoles la orden, dirigida a personas y entidades que sean titulares o gestoras de salas y complejos de exhibición y cumplan las bases. La consejería tramitará el procedimiento por la vía de urgencia.

La convocatoria se financia con el crédito asignado a Canarias en el marco del acuerdo de la Conferencia Sectorial de Cultura de abril. La orden presenta estas ayudas como apoyo a la continuidad de las salas y al acceso del público a la oferta cinematográfica en las islas.

Cómo se calcula la ayuda

Las bases parten de una cuantía fija de 8.000 euros por beneficiario. Si queda crédito, el reparto de esa parte adicional tiene en cuenta el número de pantallas. El límite general es de 35.000 euros por persona o entidad. En cualquier caso, la subvención no puede superar el 80% de los gastos subvencionables, con el presupuesto calculado sin IGIC.

La orden prevé la concesión en concurrencia no competitiva. Los titulares deben acreditar los requisitos y la cuantía se calcula con la fórmula prevista en las bases. La convocatoria abarca los gastos financiables del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Solicitudes por la sede electrónica

El plazo para solicitar la ayuda es de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación. La orden aclara que la tramitación urgente no acorta ese plazo. Los titulares han de presentar el formulario y la documentación por la sede electrónica. La dotación marca el crédito inicial de la convocatoria y la orden permite incrementarlo si existe cobertura presupuestaria. La concesión exige que los gastos financiados correspondan a la actividad de exhibición y se hayan ejecutado dentro del periodo que fijan las bases.

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